El martes entró en vigor una modificación de la Ley Notarial y de la Ley del Registro de la Propiedad, que agiliza el procedimiento de inscripción. Según el Consejo Nacional Notarial (KRN), la nueva normativa elimina las largas colas en los juzgados, ya que las solicitudes de inscripción en el registro pueden presentarse directamente ante notario.

La ley forma parte del paquete de desregulación del gobierno. Los cambios propuestos permiten a los herederos o legatarios presentar las solicitudes de inscripción en el Registro de la Propiedad a través de notarios, mediante un sistema electrónico, para notificar la transmisión de la propiedad inmobiliaria por herencia, confirmada mediante un certificado de herencia.

Según el Consejo Nacional Notarial (KRN), la entrada en vigor de la nueva normativa supone “el fin de las visitas adicionales a los juzgados y las colas innecesarias”.

Hasta ahora, tras la tramitación de la escritura de herencia ante notario, el heredero debía solicitar por su cuenta al juzgado la inscripción del cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad. En la práctica, esto implicaba cumplimentar formularios, reunir la documentación y abonar las tasas judiciales correspondientes, según señaló el Consejo.

A partir del martes, los herederos podrán solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad directamente ante notario, incluso durante la misma visita en la que se tramita la escritura de herencia.

Esta nueva solución abarca las inscripciones relativas a la titularidad inmobiliaria, el usufructo perpetuo y los derechos de propiedad cooperativa sobre los inmuebles inscritos en el Registro de la Propiedad.

El Consejo de la KRN señaló que, en la práctica, esto significa que muchos trámites relacionados con la herencia inmobiliaria pueden realizarse en un solo lugar: en la notaría. Esto implica que «los herederos no tendrán que presentar solicitudes al juzgado ni preocuparse por la exactitud de los documentos ni por la correcta cumplimentación de la solicitud».

Según el Consejo Nacional del Registro Nacional (KRN), esta solución reducirá significativamente el riesgo de que se omita durante un período prolongado el cambio de titularidad en el registro de la propiedad. Mantener la información actualizada en dicho registro es fundamental en las transacciones inmobiliarias, especialmente cuando un heredero planea vender un apartamento o solicitar una hipoteca.

En opinión del KRN, la nueva normativa también reducirá el número de trámites relacionados con el registro de la propiedad, agilizando así la gestión judicial. Anteriormente, los notarios solo estaban obligados a notificar al tribunal el cambio de titularidad derivado de la certificación de una escritura de herencia, lo que daba lugar a un procedimiento obligatorio que requería que el tribunal emitiera una advertencia sobre la discrepancia entre el contenido del registro de la propiedad y la situación real resultante del cambio de titularidad por herencia.

«Ahora, las solicitudes de divulgación de la titularidad a los herederos se tramitarán con mayor rapidez, lo que reducirá el número de trámites relacionados con el registro de la propiedad», concluyó el Consejo.


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